Rendimiento, esfuerzo y tareas conservadas.
La definición legal de incapacidad permanente parcial exige una disminución no inferior al 33 % del rendimiento normal para la profesión habitual, sin impedir sus tareas fundamentales. Ese porcentaje no es un grado de discapacidad ni puede deducirse directamente de un diagnóstico.
Delimitar la comparación
El informe puede comparar la actividad previa y la situación posterior, atendiendo a los documentos disponibles y a las características del trabajo. Se identificarán cambios en ejecución, ritmo, esfuerzo o necesidad de adaptación, sin inventar mediciones de productividad.
Fundamentar la repercusión
Las secuelas se estudiarán en relación con tareas concretas. Cuando existan datos de rendimiento, pruebas funcionales o informes preventivos, se valorará su utilidad y sus límites. El razonamiento debe explicar por qué una afectación tiene relevancia profesional.
Distinguir conceptos
La incapacidad parcial pertenece a la valoración laboral. El certificado de discapacidad responde a otro procedimiento y a otro baremo. Si necesitas estudiar ambos ámbitos, el objeto del encargo debe diferenciar las preguntas de cada uno.
Aspectos que podemos estudiar
- Tareas esenciales que pueden mantenerse.
- Cambios documentados en el rendimiento.
- Mayor esfuerzo o modificaciones de ejecución acreditadas.
- Diferenciación respecto del grado de discapacidad.
Documentación útil
- Descripción del puesto y antecedentes laborales.
- Informes de lesiones y secuelas.
- Pruebas funcionales disponibles.
- Información comparativa previa y posterior, si existe.
Preguntas sobre este servicio
¿Un 33 % de discapacidad acredita una incapacidad parcial?
No son el mismo porcentaje ni la misma valoración. Cada figura tiene su objeto y requisitos propios.
¿Es imprescindible disponer de mediciones previas?
Su ausencia no se suple inventando cifras. Se estudia qué comparación permiten las fuentes disponibles y se explicitan sus límites.